Ecuador suscribe el Convenio de Minamata sobre el Mercurio

La Ministra del Ambiente de Ecuador, Lorena Tapia, suscribió  el “Convenio de Minamata sobre el Mercurio”, instrumento que tiene como objetivo la protección de la salud humana y del ambiente, de los efectos nocivos de las emisiones y liberaciones de mercurio.

La firma se realizó en  el marco de la Conferencia de Plenipotenciarios que reunió alrededor de 800 delegados provenientes de más de 140 países, en la ciudad de Kumamoto, Japón.

En su intervención, la Ministra Tapia resaltó la vocación de conservación y protección ambiental que caracteriza a Ecuador y que se refleja en medidas como la consolidación de la legislación verde, a través del reconocimiento de los derechos a la naturaleza en la Constitución de 2008, así como el restablecimiento de la armonía entre el ser humano y la naturaleza, sobre la base del Buen Vivir o Sumak Kawsay.

Al suscribir dicho Convenio, Tapia señaló que el Ecuador confirma su real compromiso político a favor de la protección de la naturaleza y de la salud humana.

Además informó a las distintas delegaciones los importantes avances que el Ecuador ha realizado para controlar el uso del mercurio, entre ellos, su prohibición definitiva en actividades mineras, estipulado vía ley orgánica, la implementación del plan cero mercurio firmado en enero de este año, a fin de evitar daños duraderos al ambiente y a las comunidades.

Por otro lado, mencionó que el Ministerio de Salud (MSP) actualmente desarrolla un modelo de gestión para la reducción, sustitución y eliminación de equipos, dispositivos y materiales que contienen mercurio en instituciones públicas y privadas del país, acompañado de la definición de un plan de acción para su implementación.

Este Convenio tomó su nombre de la ciudad japonesa de Minamata, en donde en la década de los 50 del siglo pasado se descubrieron los daños irreversibles que el mercurio causa en la salud humana y en la destrucción del medio ambiente.

Las negociaciones que permitieron la aprobación y adopción del mencionado instrumento internacional se iniciaron en 2010 y, entre los elementos más importantes del Convenio, se puede mencionar las reglas para reducir los riesgos en el uso del mercurio en la minería de oro artesanal y a pequeña escala; en las amalgamas dentales y en implementos médicos, así como en la aplicación de programas para eliminar el uso de mercurio en general.

Lámparas de bajo consumo y mercurio

Como han aparecido muchos comentarios y opiniones, que cuestionan el reemplazo de las lámparas incandescentes por lámparas de bajo consumo, señalando su preocupación por el contenido de mercurio de éstas últimas, vemos la necesidad de aclarar este aspecto tan importante.

En primer lugar, el ahorro energético que una Lámpara Fluorescente Compacta (LFC) ofrece es del 75% al 80% (4 a 5 veces) respecto de una lámpara incandescente ofreciendo la misma potencia lumínica. Si bien es cierto que las LFC contienen mercurio, la cantidad que cada una posee es de alrededor de 2 miligramos, mil veces menos que un termómetro clínico y cien veces menos que un clásico tubo fluorescente. Estos datos pueden corroborarse en publicaciones del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).

La utilización de LFC reduce ampliamente el impacto ambiental por el ahorro de energía que conlleva. La quema de combustibles fósiles para la generación de energía emite gases de efecto invernadero y además, mercurio. Es decir que el ahorro de energía implica también menos emisiones de mercurio al medioambiente.

El mercurio es un material peligroso que tiene efectos bioacumulativos en toda la cadena trófica por lo cual es indispensable tomar precauciones. Es por ello que junto al plan de recambio de lámparas incandescentes por las de bajo consumo es imprescindible la instrumentación de un plan de recolección diferenciada, considerando a estas lámparas como residuos electrónicos. Existen al respecto innumerable experiencias a nivel mundial que podrían servir como ejemplo. En el Senado de la Nación se está trabajando en un proyecto de ley para el tratamiento de éste tipo de residuos.

Todos los estudios de análisis de ciclo de vida completo (desde la fabricación hasta disposición final) muestran un balance ambiental positivo para las LFC. En Argentina existe un estudio de este tipo realizado por la Facultad de Ingenieria de la UBA que así lo señala también. Se puede ver en:

http://energia3.mecon.gov.ar/contenidos/verpagina.php?idpagina=2523

Las LFC son la alternativa que hoy encontramos en el mercado. Greenpeace trabaja en el mundo por la producción sin contaminantes, hoy son las LFC frente a las incandescentes la alternativa MENOS contaminante. Pero medidas como la propuesta, de prohibición de tecnologías obsoletas e ineficientes, empujan a las industrias a desarrollar tecnologías de reemplazo, en este caso, más eficientes. Por la prohibición de las lámparas incandescentes en diferentes países del mundo, la industria de luminotecnia está desarrollando alternativas mas eficientes y diferentes a las LFC, como las “lámparas halógenas ahorradoras”, en Argentina aún no están en el mercado, pero esta es la idea, que la industria invierta e investigue para desarrollar y poner a la venta las mejores tecnologías, eficientes y sin contaminantes.

Greenpeace reclama la prohibición de la comercialización de lámparas incandescentes para el año 2010. No sólo por razones que hacen a la crisis energética que atraviesa el país. Debemos introducir políticas serias y de largo plazo en materia de eficiencia energética ya que son una eficaz manera de disminuir las emisiones de gases que provocan el calentamiento global. El reemplazo generalizado de las bombitas incandescentes implica evitar la construcción de varias centrales de energía y así evitar el aumento de las emisiones de gases de efecto invernadero, además de ahorrar recursos naturales no renovables.

Iluminación Eficiente: Primer paso hacia una [r]evolución energética:

http://www.greenpeace.org/raw/content/argentina/cambio-climatico/revolucion-energetica/lamparas-fluorescentes-compact.pdf